La Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe, lanzó un régimen excepcional de regularización, bonificaciones y/o facilidades para el pago de las obligaciones tributarias vencidas, infracciones y patente de vehículos, que está vigente hasta el 31 de diciembre del corriente año. Asimismo, se informa rige uno para la regularización tributaria del impuesto inmobiliario dispuesto por la provincia de Santa Fe. En todos los casos, según el tributo y la situación particular existen beneficios por pago contado y alternativas de planes de pago.
En cuanto a las obligaciones tributarias municipales como la Tasa General de Inmuebles (TGI), Derecho de Registro de Inspección (DREI), o el Derecho de edificación, entre otros, los beneficios se aplican a las obligaciones tributarias vencidas al 31 de agosto de 2018, según se establece en la resolución correspondiente, y comprende aquellas que se encuentren en gestión administrativa o judicial.
Para los contribuyentes que opten por cancelar la deuda a través del pago contado, contarán con el beneficio de una reducción de la tasa de interés por mora mensual del 3% al 0,5%. En este caso, además, quienes abonen con tarjeta de crédito cuentan con el beneficio de hacerlo en cuotas sin interés: hasta en 12 pagos con Banco Santa Fe, hasta en 6 con Cabal del Banco Credicoop, o hasta en 3 con tarjeta Credifiar; y en todos los casos el descuento se aplica igual.
Asimismo, el Municipio brinda la posibilidad de saldar estas deudas a través de un plan de pago, en cuyo caso la reducción de la tasa de interés mensual irá del 3% al 1%. En este caso, el contribuyente tiene distintas modalidades que contemplan reducción de intereses por financiación y plazos de hasta 48 cuotas para deudas administrativas y de 24 cuotas para deuda judicial. Es importante señalar que para formalizar el plan de pago de las deudas en gestión administrativa, los contribuyentes podrán hacerlo a través de la página web del Gobierno de la Ciudad, o personalmente concurriendo al Centro de Distrito más cercano. En tanto para las deudas judiciales deberán formalizarse sólo bajo la modalidad presencial.
Infracciones y multas
El régimen excepcional incluye todas las infracciones cometidas hasta el 31 de diciembre de 2017 y que no cuenten con sustento tecnológico, esto es, que no hayan sido registradas a través del sistema de control inteligente de infracciones por medios electrónicos, fílmicos, fotográficos o de grabación de video. También quedan afuera las infracciones que fueron registradas por sensores de medición, radar o control de semaforización; y las cámaras fijas de control urbano.
En este caso, la normativa establece descuentos del 20% para quienes opten por el pago contado, pero además, la posibilidad de formalizar convenios que contemplan anticipos del 30% y saldo hasta en 18 cuotas, anticipos del 10% y saldo hasta en 12 cuotas; o bien la alternativa de formalizar convenios sin anticipo hasta un máximo de 10 cuotas. En todos los casos, y a fin de obtener las liquidaciones con descuento o formalizar los planes de pago, los interesados deberán concurrir al Tribunal de Faltas Municipal, ubicado en calle Salta 2948, de lunes a viernes en el horario de 8 a 16.
Patentes
En cuanto a la deuda por Patente única sobre vehículos, se incluyen las vencidas hasta el 31 de diciembre de 2017, tanto aquellas en gestión administrativa como judicial. En ambas situaciones, se establecen reducción en los intereses por mora aplicables. Para aquellos contribuyentes que opten por la modalidad de pago contado los intereses se computan al 0,5%, mientras que para quienes regularicen la situación a través de un plan de pago, el porcentaje es de 1%. En este último caso, los planes se extienden hasta un máximo de 18 cuotas.
Cabe señalar que para obtener la liquidación de pago contado con descuento o la formalización de convenios por deuda en vía judicial, los interesados deberán dirigirse a la Ventanilla de Rodados, en la planta baja del Palacio Municipal, Salta 2951. En tanto para formalizar planes de pago de deudas en gestión administrativa se deberán realizar a través de la página web de la Provincia de Santa Fe –www.santafe.gov.ar.
Impuesto inmobiliario
Las deudas del impuesto inmobiliario urbano, suburbano y rural vencidas al 31 de diciembre de 2017, también están comprendidas en el régimen excepcional de regularización, dispuesto por el gobierno provincial. En estos casos, la cancelación de la deuda contempla la reducción de los intereses por mora del 10% para el caso de pago contado. En tanto para quienes deseen hacerlo a través de un plan de pago pueden optar por tres modalidades: hasta 6 cuotas con interés de financiación mensual del 1%, hasta 12 cuotas con interés de financiación mensual del 1,5%, o hasta 48 cuotas con interés de financiación mensual del 2,5%.
Es importante destacar que los contribuyentes que no registren deuda ni cuotas pendientes, vencidas ni a vencer al 31 de diciembre del corriente año, gozarán de un descuento del 6% del valor nominal del Impuesto Inmobiliario correspondiente al período fiscal 2019. Así, para los contribuyentes que deseen cancelar su deuda, ya sea a través del pago contado con descuento o formalizando alguno de los planes de pago, deberán ingresar al servicio Impuesto inmobiliario: visualización, liquidación de deuda y año corriente, desde la página web de la Provincia de Santa Fe – www.santafe.gov.ar.
Contribuciones por mejoras
También se recuerdan las opciones disponibles para la regularización del pago de las obras de remodelación de la Peatonal San Martín -Etapa II-, y la recalificación peatonal de Calle Mendoza; en ambos casos financiadas a través del sistema de Contribución por mejoras. En cuanto al tradicional paseo comercial de calle San Martín, recientemente inaugurado, hasta el 10 de enero de 2019 se encuentra vigente la opción de pago en 12 cuotas con interés de financiación del 1.5% mensual.
En el caso de la obra de calle Mendoza, hasta el 31 de diciembre, los contribuyentes cuentan con diversas modalidades de pago: hasta 12 cuotas con interés de financiación del 2% mensual; anticipo del 10% y saldo hasta en 18 cuotas con interés del 1% mensual; y hasta 18 cuotas con un interés del 2% mensual. También, para el caso de jubilados, pensionados y propietarios de vivienda única cuentan con la posibilidad de abonar hasta 24 cuotas con un interés del 1.5% mensual; en tanto para quienes sean beneficiarios además de la Remodelación Peatonal San Martín Etapa 2, según lo establece la Ordenanza Nº 12.424, cuentan hasta 48 cuotas con un interés del 1.5% para abonar la obra. Cabe señalar que para quienes no escojan un sistema en particular hasta la fecha de habilitación de la obra se les aplicará el convenio automático en 12 cuotas con interés sobre saldos del 2% mensual.
Detalles de convenios
Los planes de pago quedarán formalizados una vez abonada la primera cuota, dentro de las 48 horas de la suscripción del convenio. El vencimiento de las cuotas operará, respectivamente, los días 15 –o los hábiles subsiguientes– de cada mes, a partir del mes inmediato posterior al vencimiento de la primera cuota o el anticipo en caso de corresponder.
La falta de pago a su vencimiento de cualquiera de las cuotas acordadas y en tanto el convenio mantenga su vigencia, motivará la aplicación de los accesorios por mora del 3% mensual, no computable por día.