El gobierno de la provincia de Santa Fe recuerda que desde el 1 de Noviembre y hasta el 31 de Diciembre rige el período de veda para la pesca comercial y deportiva del Surubí y recuerda la permanente del Dorado.La veda se establece a partir de la Resolución Nº 168/2005 de la secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, facultada por el Artículo Nº 5 de la Ley 12.212 que define normas y requisitos para ejercer las actividades relacionadas con la pesca.
VEDA PESQUERA DE SURUBÍ
Durante los períodos de veda establecidos queda prohibido capturar, acopiar, transportar y comercializar ejemplares de Suribíes pintado (pseudoplatystoma coruscans) y Surubíes atigrado o rollizo (pseudoplatystoma fasciatum).
VEDA DEL DORADO
Por otro lado, recuerda ejercer una pesca responsable, el DORADO está declarado pez turístico provincial. Sólo está permitida la pesca deportiva con DEVOLUCIÓN OBLIGATORIA. La especie se encuentra en Veda permanente según la LEY N° 12722.
Más información de la reglamentación http://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/121831