Las fiscales Cristina Ferraro y Bárbara Ilera pedirán la pena de prisión perpetua para Juan Ramón Cano de 33 años, a quien se investigó como autor del femicidio de la docente Vanesa Soledad Castillo cometido en febrero de 2018 en Alto Verde. Así lo plantean las funcionarias del MPA en el escrito de acusación que presentaron ayer ante la Oficina de Gestión Judicial (OGJ). El pedido de pena adelantado por las fiscales Ferraro e Ilera coincide con la solicitud realizada por la abogada querellante Carolina Walker.
La acusación de las fiscales a Juan Ramón Cano es por la autoría del delito de homicidio calificado (por alevosía y ensañamiento y por mediar violencia de género –femicidio–) en perjuicio de Vanesa Castillo. También se lo acusa de ser autor de los delitos de amenazas calificadas y agresión con toda arma en perjuicio de dos hombres que estaban en inmediaciones del lugar en el que fue cometido el femicidio, y atentado a la autoridad en perjuicio de un oficial de la policía.
Además, las Fiscales Ferraro e Ilera solicitarán la declaración de reincidencia del acusado, debido a que registra dos condenas por delitos contra la propiedad impuestas en el sistema procesal anterior.
Los Hechos
“El femicidio de Castillo fue cometido minutos después del mediodía del jueves 15 de febrero del año pasado en inmediaciones de la escuela Victoriano Montes número 533, ubicada en la manzana número 7 de Alto Verde”, recordaron Ferraro e Ilera. “El acusado la interceptó fuera del establecimiento educativo cuando la mujer se iba en su moto. Le ofreció vender un par de ojotas de goma y la víctima le respondió negativamente. De inmediato, el hombre le pidió que lo llevara en la moto en la que la víctima se había subido hacía instantes, y la maestra volvió a responder que no”, relataron las funcionarias del MPA.
Ferraro e Ilera indicaron que “Luego de las dos negativas, y una vez que la mujer ya había comenzado a circular, el imputado se abalanzó y logró subirse en la parte trasera de la moto de la docente”. En tal sentido, sostuvieron que “De manera artera y sorpresiva, la sujetó con fuerza, le rodeó el cuello con su brazo izquierdo y la dejó en una situación de total indefensión debido a la mecánica misma de la sujeción y a la diferencia de fuerza entre ambos”.
“Una vez que logró impedir que la mujer se moviera, el acusado la golpeó en la cabeza y le propinó puntazos en la espalda y en distintas partes del cuerpo con una chuza de aproximadamente 30 centímetros”, relataron las fiscales. “Después de avanzar unos metros y mientras la mujer pedía auxilio a los gritos, la moto chocó contra un montículo de tierra y el hombre escapó corriendo”, agregaron.
“El acusado actuó a traición y sobre seguro. Cuando logró subirse a la moto, la víctima estaba de espaldas a él porque conducía la motocicleta, desprovista de cualquier elemento que le permitiera defenderse”, argumentaron. “Además, la brutalidad de la agresión y la multiplicidad de lesiones evidencian que actuó de forma cruel, con el fin de provocarle dolor de manera innecesaria“.
Violencia de Género
“La muerte de Castillo es un caso de femicidio no íntimo. Se denomina así a los homicidios cometidos por un hombre en perjuicio de una mujer en un contexto de violencia de género y aún cuando no hubiera vínculo personal entre ellos”, explicaron las fiscales. También aclararon que “En estos casos, el varón se aprovecha de la situación de vulnerabilidad de una mujer y abusa de su pretendida superioridad basada en una relación desigual de poder que toma sus bases de la sociedad patriarcal. En el caso de Castillo, el acusado no aceptó la libre decisión de la víctima de negarse a los requerimientos que le realizaba y pretendió imponerle su voluntad por su sola condición de mujer”.
“El acto femicida del acusado encuentra raigambre en un sistema que refuerza la discriminación y el desprecio contra las mujeres y sus vidas. Reproduce el estereotipo de masculinidad tendiente a controlar las vidas y cuerpos de las mujeres mediante la fortaleza física y el poder, situación que surge claramente de la forma en que el acusado dio muerte a Castillo”, argumentaron las fiscales.
Pericias y el Celular
“Entendemos que las pruebas con las que contamos son sólidas. Se ordenaron numerosas diligencias y tenemos resultados de pericias e informes que están en línea con la teoría del caso que planteamos desde el MPA”, subrayaron las fiscales Ferraro e Ilera. También valoraron que “Tanto los fiscales Andrés Marchi y Mariela Jiménez –quienes iniciaron la investigación– y luego nosotras pudimos concretar una diversidad muy importante de pericias. Además, pudimos llevar a cabo todas las diligencias que solicitó la querella, cuya representante legal manifestó su acuerdo tanto con las calificaciones como con la pretensión punitiva del MPA”.
“Entre las diligencias ordenadas en el marco de la investigación, se ordenó el secuestro del teléfono celular de la víctima”, remarcaron las fiscales. “Desde la Fiscalía realizamos diversas gestiones para peritar el dispositivo, sin embargo, no fue posible obtener información de esta fuente”, agregaron.
Ferraro e Ilera informaron que “El aparato fue analizado por personal especializado del gabinete de Análisis Digital Forense de la ciudad de Rosario; del Laboratorio de Gendarmería Nacional y del Cuerpo de Investigaciones Judiciales de la Fiscalía General del Ministerio Público Fiscal (MPF) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sin embargo, los técnicos de Rosario y de Gendamería Nacional no lograron desbloquear el patrón del teléfono; por su parte, los especialistas del MPF lograron acceder a la memoria, pero no pudieron conseguir información”.
Los Otros Delitos
En relación a los otros delitos que también se le endilgaron a JRC, las fiscales explicaron que “Las amenazas calificadas y la agresión con toda arma fueron cometidas inmediatamente después de quitarle la vida a Castillo en perjuicio de dos hombres que estaban en inmediaciones del lugar en el que ocurrió el femicidio. El acusado les mostró una arma blanca tipo chuza con el fin de amedrentarlos e infundirle temor. Además, intentó lesionar a uno de ellos arrojándole puntazos”.
“Por su parte, el delito de atentado a la autoridad fue cometido alrededor de las 22:00 del mismo día. Cuando el imputado era trasladado hacia dependencias de Medicina Legal, comenzó a golpear con sus pies los asientos delanteros del móvil policial en el que era llevado. Además, golpeó en el rostro a uno de los policías que iba en el vehículo y le produjo lesiones leves”, narraron las fiscales.
Prisión Preventiva
La detención de Juan Ramón Cano se concretó el jueves 15 de febrero, es decir, el mismo día que fue cometido el femicidio de Castillo. Dos días después se concretó la audiencia imputativa, en la que los fiscales Andrés Marchi, Mariela Jiménez y Alejandra Del Río Ayala le atribuyeron la autoría de los mismos delitos por los que ahora se lo acusa. Por su parte, en esa misma audiencia, se le impuso la prisión preventiva, situación procesal que se mantiene hasta la actualidad.
Querellantes
La madre y la hermana de Vanesa Castillo se constituyeron como querellantes. Esta última lo hizo en representación de la hija menor de edad de la víctima, todas oriundas de la localidad costera de Santa Rosa de Calchines. La abogada que representa a las dos mujeres es Carolina Walker.