La Provincia de Santa Fe elaboró el siguiente PROTOCOLO PARA LA VENTA DE MERCADERÍA YA ELABORADA DE COMERCIOS MINORISTA, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. Las recomendaciones van dirigidas principalmente aquellos comercios que elaboran comida para llevas, rosticerías, viandas, etc.
las autoridades sanitarias de la Provincia de Santa Fe proponen una seria de medidas para autorizar la circulación de vehículos y personas a cargo de la distribución de mercaderías de rubros no exceptuados, las cuales hayan sido adquiridas a distancia, sin necesidad de acudir al local comercial. La autoridad de aplicación será el Municipio o la Comuna.
El Protocolo tiene como puntos a considerar, los siguientes:
- Se autorizaría a 1 propietario y/o 2 empleados de comercios y actividades declaradas como no esenciales, en las condiciones que se exponen más abajo, a concurrir a los locales al solo efecto de armar y organizar los pedidos recibidos on line o por teléfono.
- Siempre y bajo todo punto de vista los locales deberán permanecer cerrados al público.
- Se deberá dar estricto cumplimiento al “Protocolo de Actuación en Comercios” dictado por el Ministerio de Producción Ciencia y Tecnología de la Provincia de Santa Fe así como el “Protocolo de Trabajo Seguro Covid 19” dictado por el mismo organismo, a la Resolución 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Santa Fe y a las resoluciones que sobre el particular se dicten oportunamente.
- Se deberá dar cumplimiento a los protocolos de limpieza al cierre de cada día. Incluyendo limpieza de pisos y superficies además de las medidas de cuidados e higiene personal ya conocidas (lavado de manos con agua y jabón, distanciamiento social, ventilar los ambientes, distribución de alcohol en gel en los puestos de trabajo y uso de guantes y barbijos entre otras).
- Realizar la capacitación correspondiente a los trabajadores que asuman dicha responsabilidad.
- Generar horario especial de 12 a 16 hs. para que el propietario y/o empleados concurran a los comercios a organizar los pedidos y distribuir la mercadería por cualquiera de los medios de transporte que más abajo se detallan.
- Para los comercios de rubros no exceptuados dentro del sector minorista, se autorizará hasta 2 personas para la circulación en la vía pública en las tareas de entrega de las mercaderías, y 1 solo vehículo, el cual podrá ser automóvil o motocicleta. En el caso de la bicicleta, podrán ser hasta 2 las autorizadas a entregar por comercio.
- La entrega podrá realizarla el propietario y/o empleados, o las empresas de correo, correspondencia, transporte, cadetería o delivery autorizadas para tal fin en un todo de acuerdo a la 78/2020 del Ministerio de Transporte de la Nación. También podrán trasladar las mercaderías a través de otros medios de transporte que en cada localidad pueda ser fiscalizado por la autoridad municipal o comunal correspondiente.
PROTOCOLO DE ACTUACIONES COMERCIOS
Para aquellos comercios que realicen las entregas de mercadería a través de vehículos propios y personal empleado o el mismo propietario autorizado, deben tener en cuenta que la transferencia de las mercaderías al cliente receptor, deberá efectuarse sin el contacto físico, dejando la paquetería en la puerta luego de comprobar la respuesta del cliente receptor.
CONTROL ACCESO PERSONAS AL ESTABLECIMIENTO
- Comprobación de ausencia de sintomatología en el personal (no tos, no problemas respiratorios, no fiebre). En lo posible controlar la temperatura previo a la entrada en el local comercial y debe ser menor de 38ºC. En caso de presentar síntomas abstenerse el ingreso, informar a la brevedad a las autoridades sanitarias y a los responsables del lugar. Recordar que para esta propuesta de autorización de entrega de mercaderías, los controles y tareas de higiene y limpieza deben efectuarse cada vez que el despachante de mercadería vuelve a ingresar al local comercial.
- Nuevas incorporaciones: a) Para el caso de esta autorización, no se puede incorporar más de 1 persona a estas tareas, siempre y cuando el propietario del comercio requiera de asistencia, y en caso que el comercio ya cuente con personal para asignar tales tareas, se considera innecesario sumar personal.
MEDIDAS ESPECÍFICAS DE PREVENCIÓN
- No disponer más de 2 personas para las tareas de distribución como más arriba se detallaba, y si el sector comercial es mayorista, el tope de 2 personas por vehículo afectado a tales tareas.
- Distribuir alcohol en gel, o similares en accesos a los locales.
EL ESTABLECIMIENTO DEBE:
- Disponer de los medios económicos y estratégicos suficientes para desarrollar todas las medidas de prevención recomendadas por las autoridades sanitarias.
- Registros de acciones que se implementen.
- Aumento de la frecuencia de limpieza y desinfección de superficies potencialmente contaminadas.