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FESTRAM, Trabajadores Municipales Rechazan la Adhesión a la Ley de ART (Ley Nacional N° 27.348)

Frente a la aprobación por parte de la Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe de la adhesión a la Ley Nacional N° 27.348 conocida como la “Ley ART” -aprobada en su momento por iniciativa de Mauricio Macri- y su próximo tratamiento por la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, FESTRAM ratifica la absoluta oposición al aludido Proyecto.

Resulta paradójico e incoherente que el Poder Legislativo pretenda imponer a otros sectores públicos y privados la adhesión a una ley que el Estado Santafesino viola o incumple, porque sabe que resulta absolutamente perjudicial para sus trabajadores y trabajadoras, como a su propia economía.

Desde el año 2017 hemos venido reafirmando nuestra oposición, tanto a lo sancionado a nivel nacional como a la iniciativa provincial, ya sea desde nuestra propia organización, como integrantes del Movimiento Obrero Santafesino (MOS) y como partícipes de la Corriente Federal de Trabajadores en la CGT (CFT), porque entendemos que esta iniciativa avanza, claramente, sobre los derechos de los trabajadores y trabajadoras. En su articulado se establecen procedimientos que ya la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los ha declarado inconstitucionales.

Se vulneran Tratados Internacionales de Libre Acceso a la Justicia (Arts. 25 y 8vo. de la Convención Americana de Derechos Humanos), dejando a un sector de los trabajadores/as como “ciudadanos de segunda”; ya que no poseen los mismos derechos y posibilidades de acción frente a un accidente laboral, que otros.

Las definiciones de las Comisiones Médicas normalmente no son favorables al trabajador; y es por esta razón, que muchas veces debe recurrir a la vía judicial. Por eso debemos preguntarnos ¿si las mismas son tan óptimas, porque no se deja optar por acceder libremente a ellas, en vez de ser un paso?

Consideramos que la iniciativa del Ejecutivo Provincial de incorporar el “Efecto suspensivo del recurso respecto de la incapacidad determinada y del monto del capital” expresa aún más, la perversidad de la Ley. Ya que esto significa que si el trabajador lesionado no coincide con lo dictaminado por la Comisión Médica y decide recurrir a la vía judicial, no recibirá el monto correspondiente a la indemnización hasta tanto se resuelva en la justicia.

Queremos dejar también en claro las responsabilidades políticas y sociales de aquellos que impulsan este Proyecto y de quienes con su voto lo están legitimando.

Nuestra Federación mantendrá su compromiso con los trabajadores y trabajadoras municipales, y estará siempre en su defensa cuando las consecuencias de esta decisión -que deberá ratificar la Cámara de Diputados de la Provincia- se ponga en práctica.

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