Según se pudo saber, el Juzgado Federal de Santa Fe procesó a siete personas por incendios en las islas de jurisdicción santafesina. Se trata de un grupo de puesteros, pescadores, y pequeños ganaderos, acusados de iniciar fuegos entre los meses de julio y agosto. El Juez Reinaldo Rodríguez dictó los procesamientos notificados el jueves 28 de enero por “INCENDIO CON PELIGRO COMÚN PARA LOS BIENES”, en el marco de la investigación del Fiscal Federal Jorge Gustavo Onel.
La quema de pastizales ha sido históricamente utilizado en campos y en zona de islas por los productores de ganado, es la herramienta usada para que los ganaderos mejoren el valor nutritivo de los campos naturales, especialmente los que presentan pajonales y además, controlar leñosas indeseables en una determinada altura del año, pese a que no está permitido hacerlo. Pero durante el año 2020 esa práctica tomó dimensiones que escaparon a lo “normalmente permitido”, provocando zozobra en los Vecinos de la Costa Santafesina.
El gran interrogante es ¿donde comienzan a contraponerse los interese privados con los públicos y la pregunta es ¿puede alguien afectar a toda la sociedad por preservar sus intereses personales?. en respuesta a esta pregunta es donde luego de denuncias hechas desde entidades ambientalistas y de gobiernos locales la Justicia decide y procesa a estas personas.
El Juez Reinaldo Rodríguez y el Fiscal Jorge Gustavo Onel actuaron sobre quemas que afectaron jurisdicción santafesina entre julio y agosto de 2020: las islas comprendidas son: Las Ánimas, las linderas La Manzana y Las Flores Este, Los 4 Hermanos y Curtiembre.
Los procesados, que carecen de antecedentes, son dos hermanos 35 y 36 años, de profesión pescadores; un ganadero de 48; un empleado municipal de 39; dos jornaleros de 47 y 50; y un hombre desocupado de 57. El delito por el que fueron procesados está previsto y reprimido en el artículo 186, inciso 1, del Código Penal, el cual establece que “Quien causare incendio, explosión o inundación, será reprimido” con “reclusión o prisión de tres a diez años, si hubiere peligro común para los bienes”.