En el día miércoles 19 de Mayo, el Ministro de Trabajo Juan Manuel Pusineri brindó detalles sobre las medidas y aclaró puntos dudosos. La idea es bajar drásticamente la circulación para aplanar la curva de contagios.
A partir de este Jueves 20 a las 00 hs y hasta el 31 de Mayo inclusive, el gobierno de Santa Fe estableció nuevas restricciones que rigen en toda la provincia con la sola finalidad de bajar la cantidad de casos de coronavirus, que está superando los 3000 casos diarios y alta tasa de mortalidad.
Comercios:
- Los locales comerciales individuales en avenidas importantes, la peatonal San Martín y comercios barriales pueden abrir de 8 hs. hasta las 17 hs.
- Los supermercados, autoservicios y Despensas (sea la zona que sea) podrán abrir de 8 hs. hasta las 19 hs.
Gastronomía:
Locales gastronómicos sólo podrán funcionar entre las 6 hs y las 19 hs. Luego de las 19 hs . sólo podrán ofrecer servicios de deliverys.
Deportes y Actividades Físicas
- Se suspende la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales.
- Se prohíbe el funcionamiento de clubes, gimnasios y otros establecimientos afines, incluidas las actividades al aire libre; actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas.
Si está permitida la práctica deportiva individual (caminar, correr y andar en bicicleta).
Trabajo Remoto en el Estado Provincial, Profesiones Liberales, Sindicatos y más
- Todos los empleados de la provincia que puedan prestar sus servicios a distancia tendrán esta modalidad. Además, la provincia invita a los otros poderes a que dispongan lo mismo.
- Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros, en forma presencial y con atención al público en locales y oficinas; quedando excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, en éste último caso para realizar diligencias definidas como esenciales en la emergencia y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora tenga virtualidad de producir la pérdida de un derecho.
- Actividad inmobiliaria y aseguradora, resguardando en éste último caso guardias para la recepción de denuncias de siniestros, en la medida que no puedan realizarse de manera remota.
- Actividades administrativas en forma presencial de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades civiles y deportivas, y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadascon sede en el territorio provincial; quedando expresamente excluida de la suspensión el funcionamiento de obras sociales, en aquellas actividades que no pudieren realizarse en forma remota o mediante teletrabajo.
Transporte Público
El transporte público está habilitado para todas las personas que tengan que dirigirse a su trabajo, a un efector de salud o para ir a cuidar a un familiar.
Construcción
- La actividad en las obras seguirá de manera normal.
- Actividades administrativas de empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios, las que deberán desarrollarse en forma remota o mediante teletrabajo.
Exceptuados de las Restricciones
Quedan exceptuadas de esta todos aquellos que cumplan con su actividad laboral; quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas). Para circular deberán llevar la documentación respaldatoria y la APP provincial COVID 19 o APP CUIDAR.
DECRETO COMPLETO : D064721C