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Consecuencias Jurídicas para Quienes Mienten Comorbilidades en Pos de Anticipar su Vacuna

El Ministerio de Salud recuerda que las comorbilidades declaradas en el Registro Provincial de Vacunación tienen carácter de Declaración Jurada

Desde la provincia insistieron en las consecuencias jurídicas que puede provocar no completar el formulario con información fehaciente.

 En el marco del Plan Estratégico de Vacunación impulsado por el Ministerio de Salud de la Nación mediante la resolución 2883/2020, aquellas personas que formen parte de la población de 18 a 59 años con comorbilidades y se inscriban en el Registro Provincial de Vacunación deberán llevar un documento que respalde la situación declarada. Ante esto, en caso de no presentarlo, podrán completar una declaración jurada antes de ser inoculados.

A partir del sábado 5 de Junio , en todos los vacunatorios de la provincia de Santa Fe se instará a firmar las declaraciones juradas a aquellas personas que no presenten la documentación respaldatoria.

Vale recordar que de acuerdo al artículo 293 del Código Penal, aquellas personas que presenten una declaración que no sea real o esté falseada pueden tener consecuencias penales.

 

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