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Las Nuevas Medidas hasta el 23 de Julio. Vuelven los Cines, Teatros y más Tiempo para el Sector Gastronómico.

La provincia anunció este jueves las nuevas medidas de convivencia que regirán en la provincia de Santa Fe a partir de la hora 0 hs. del 9 de julio hasta el 23 de julio inclusive.

Según la Ministra Sonia Martorano, de la cartera de Salud, los cambios se tomaron tras analizar la curva epidemiológica y aunque la meseta de contagios sigue siendo alta, “hay pequeños índices que hablan de mejoría”. Martorano también explicó que  Son dos los números que miramos de cerca: la incidencia y la ocupación de camas en el sistema de salud. La provincia está con un porcentaje de ocupación de camas del 83%. El ideal es 80% o menos. Es un muy buen índice que debemos sostenerlo con la baja de contagios”.

Modificaciones

Locales gastronómicos (comprendidos por bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales), deberán ajustarse a las siguientes disposiciones: los días viernes y sábados, podrán funcionar entre las 6 hs y las 23 hs. El resto de los días de la semana, entre las 6 hs y las 21 hs.

Fuera de los horarios establecidos, sólo podrán realizar actividad en las modalidades de reparto a domicilio y de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía.

Gimnasios, natatorios y establecimientos afines, por turnos y en grupos de hasta 10 participantes. Dichas actividades podrán realizarse entre las 7 hs. y las 22 hs y en su desarrollo no podrá excederse el límite del treinta por ciento (30%) de ocupación de la superficie disponible.

Actividad en hipódromos y agencias hípicas, organizando turnos para desarrollar las actividades de cuidado y entrenamiento de los animales y de mantenimiento de las instalaciones; sin la asistencia de espectadores, incluso si se desarrollaren carreras.

Cines, teatros y salas de espectáculos,  se autoriza en toda la Provincia la realización de actividades de cines, teatros y salas culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores.

Las autoridades municipales y comunales podrán disponer en sus respectivos distritos, en consulta con el Ministerio de Salud, mayores restricciones que las establecidas en el presente decreto. 

Decreto Completo:

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