Por Ornella Pazzi
La defensa de los empresarios acusados por el colapso de parte de la Ruta Provincial N°1 -ocurrido durante la inundación de enero de 2019- apeló el fallo que rechazó su propuesta de cerrar la causa a través de suspensiones de juicio a prueba, es decir, probations. La cúpula de “Los Cerrillos S.A.” se enfrenta a un pedido de pena de 5 años de prisión, en el fuero penal, y un reclamo millonario en el civil.
Rubén Arnoldo Carlen, Raúl Francisco Carlen y María Ángela Nini (presidente y vicepresidentes de la empresa dedicada a la producción y comercialización de arroz), están acusados de haber construido -y mantenido- un terraplén y canales irregulares en uno de sus campos, ubicado a la vera de la Ruta 1, en zona rural de Colonia Teresa (Departamento San Javier). Estos habrían causado la explosión de una alcantarilla de la zona y, por ende, el derrumbe de la cinta asfáltica que estaba sobre esta.
La fiscalía de Delitos Complejos atribuyó a la cúpula de “Los Cerrillos S.A” los delitos de “estrago doloso”, “daño” y “daño calificado”, y pretende una condena a 5 años de prisión más el pago de una multa de $ 90.000. Lo mismo solicitan las querellas (el Estado Provincial y dos productores agropecuarios damnificados).
Durante la audiencia preliminar -realizada el 21 de marzo- el abogado de la empresa, Néstor Oroño, propuso al juez Héctor Candioti resolver el conflicto penal a través de probations. Estas incluían una reparación económica a las víctimas consistente en 120.000 kilos de arroz para el Estado y 30.000 para los dos particulares. La parte acusadora se opuso, el magistrado rechazó el planteo y la defensa apeló.
REPARACIÓN
“Nosotros presentamos un pedido de suspensión de juicio a prueba, que se encuentra dentro de lo que prevé el Código Penal, con oferta de reparar el daño a favor de la Provincia y de los dos querellantes particulares”, señaló Oroño a El Litoral.
Además del dinero ofrecido en kilos de arroz, el Estado “en parte ya ha sido reparado, ya que se entregaron 5.000 metros cúbicos de tierra para las obras de reparación, se afectó para ello un predio de la empresa y se inutilizaron en consecuencia 5 hectáreas”. Asimismo “se ha aportado maquinaria, 150 horas hombre y combustible”.
Al momento de rechazar el planteo, el juez Candioti señaló que “la magnitud de la afectación impone la necesidad de que se lleve adelante la etapa del juicio oral y público, a los fines de deslindar las respectivas responsabilidades y eventualmente sancionar a los responsables de los hechos juzgados”.
Sin embargo, la defensa recurrió el fallo y solicitó a la Cámara de Apelaciones que reevalúe la razonabilidad de su propuesta. La audiencia aún no fue agendada, pero sí se sabe que estará presidida por el juez de segunda instancia Sebastián Creus.
LA VERSIÓN DE LA EMPRESA
“En un eventual juicio, vamos a sostener que lo sucedido el 19 de enero de 2019 no fue responsabilidad del accionar de Los Cerrillos S.A”, sostuvo la defensa. “El canal de 3 km que corre de oeste a este no fue realizado por la empresa, sino que esa obra fue construida a fines de la década del 70′ por la Dirección de Hidráulica de la Provincia de Santa Fe, y está en un campo lindero”.
“Además, la alcantarilla en cuestión estaba bajo el mantenimiento de la Dirección de Obras Hídricas de la Provincia”. Por esto “creemos que hay un error en la acusación”, ya que “lo que Los Cerrillos S.A. hizo, y reconoce, es desviar el curso del Saladillo Dulce, -pero- no el canal que desagua los excedentes de dicho arroyo”.
Oroño agregó que “las defensas que se construyeron existen en ese y en todos los campos de la zona. Estaban antes de que los Carlen adquirieran el predio, y además es una práctica común” entre los productores agropecuarios.
En la audiencia de marzo, “dentro de las pruebas presentamos un informe realizado por un ingeniero hídrico” que fue admitido por el juez. Con este “trataremos de acreditar que el derrumbe de la alcantarilla no es algo que corresponda atribuir a alguna acción desplegada por Los Cerrillos”.
Oroño indicó que lo ocurrido en enero de 2019 “fue un fenómeno pluvial excepcional, hubo precipitaciones que superaron la media anual para la zona”. Además, “otra cuestión que vamos a sostener en un futuro juicio es el estado precario de esa y otras alcantarillas ubicadas en esa zona… y que en el peor de los casos, y sin admitir ningún tipo responsabilidad, no se puede sostener un accionar doloso sino culposo”.
Fuente. El Litoral