En la continuidad de las acciones vinculadas a Operativo Verano, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe consolida la implementación de los puestos de control y prevención en 25 puntos estratégicos en accesos, rutas y autopistas del territorio santafesino. En este sentido, en un trabajo articulado entre la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) y la Policía de Seguridad Vial (PSV), en los últimos 7 días se realizaron 611 operativos fiscalizando 15.225 vehículos de distinto porte y labrando 2839 actas de infracción. Preocupa el consumo de alcohol en Conductores Profesionales (camiones y transporte de personas) en la Ruta provincial Nº 1.
CONTROLES DE ALCOHOLEMIA
Con preocupación funcionarios de la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) y la Policía de Seguridad Vial (PSV), señalan el alto porcentaje de conductores con alcohol en sangre que circulan por la Ruta Provincia Nº 1, inclusive conductores profesionales. En los puestos de control se revisan cuestiones relacionadas con la seguridad vial, como documentación, capacidad de pasajeros, uso de cinturones, entre otras. Además, se monitorean situaciones de seguridad pública que puedan afectar a los ciudadanos.
En materia de controles de alcoholemia, en estos días se realizaron en toda la Provincia de Santa Fe (muchos de ellos en la Costa Santafesina) 10.246 tests a todo tipo de conductores, de los cuales 156 fueron positivos.
LEY PROVINCIAL Nº 13.133
Esta Ley prescribe dos sanciones (una principal y la otra accesoria) para aquellos conductores de vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores y de carga que circulen con alcoholemia positiva, cualquiera sea la concentración por litro de sangre, claramente es un imperativo tendiente a minimizar o neutralizar los riesgos de la circulación peatonal y vehicular.
La sanción comprende una multa de 300 Unidades Fijas (U.F.) a 1000 U.F., más inhabilitación accesoria para conducir de 15 días a 2 años. En estos casos no resulta aplicable el beneficio de pago voluntario previsto en el artículo 27 inciso “a”” del presente Código.
Además, de conformidad a la Ley Provincial 13.133, la autoridad de aplicación está facultada a disponer medidas cautelares y/o preventivas para todo lo cual sin ser taxativos, incluyen la retención del vehículo y/o la suspensión de la licencia de conducir con el impedimento al conductor imputado de continuar circulando hasta tanto el juez competente resuelva sobre la causa y reintegre la licencia de conducir.