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Pesca Comercial, Un Fallo Obliga a la Provincia de Santa Fe Crear Un Plan Estratégico para Preservar el Recurso Ictícola

En un fallo histórico, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario ratificó en todos sus términos el fallo de primera instancia dictado oportunamente por el Juez Dr. Luciano Carballo, que ordenaba al Estado Provincial la realización de un Plan Estratégico, para la utilización sustentable del recurso ictícola. La acción tuvo por objeto solicitar una Veda a la pesca comercial y la realización por parte de la Provincia de un Plan Estratégico sobre el recurso ictícola ya que la histórica bajante del Paraná puso en riesgo la subsistencia del recurso pesquero. La causa iniciada en Santa Fe se acumuló con otra iniciada por la asociación civil “El Paraná No Se Toca” tramitada en la ciudad de Rosario.

Como se sabe esta decisión en primera instancia fue apelada por el Estado Provincial, lo que motivó el pronunciamiento de la Cámara rechazando dicha apelación. Tanto la sentencia de primera instancia como el fallo de la alzada basaron sus conclusiones en diversos incumplimientos normativos del Estado Provincial en relación a la actividad pesquera.

En junio de 2020, acompañado de 13 Diputados Provinciales, Fabián Palo Oliver presentó ante la justicia una acción de amparo por intereses difusos basada en la Ley N°10.000 en contra del Estado Provincial. El día 22 de junio de 2023 la Justicia hizo lugar a la demanda y ordenó al Estado Provincial la realización, dentro de los 150 días hábiles siguientes, de un Plan Estratégico para la utilización Sustentable del Recurso Ictícola. El Estado Provincial, apeló el fallo. Finalmente, el pasado martes 23 de abril, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario, rechazó la apelación y ratificó en todos sus términos la resolución de la primera instancia.

Tanto la sentencia de primera instancia como el fallo de la alzada basaron sus conclusiones en diversos incumplimientos normativos del Estado Provincial en relación a la actividad pesquera: – La ausencia de un plan integral y la insuficiencia de información científica ambiental local, – La pasividad del Consejo Provincial Pesquero, y el sistema de auditoría, evaluación y control, – La creación de un sistema de alerta temprana (vedas) como medidas de protección urgente ante eventos climáticos extremos que afectan de manera adversa a la fauna ictícola, – La adopción de un método de control de las especies (cupos de extracción, acopio y tallas mínimas para la captura, circulación, venta y consumo) también incumplido por el Estado Provincial. Fijó un plazo de 240 días para cumplir lo ordenado.

El Diputado Palo Oliver sostuvo: “El fallo dictado es histórico, sin precedentes en la historia de la Provincia y obliga al gobierno a ejecutar un Plan Estratégico que haga sustentable el recurso ictícola de nuestros ríos. Además, lo obliga a adecuar su actuación a la legislación provincial en la materia, lo que implicará una reconversión de la actividad que hoy presenta como única característica, una faceta extractiva y comercial“.

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