La Comuna de Alejandra, dio a conocer una medida que tomará contra los animales que se encuentren sueltos en el Camping Comunal de la localidad. La medida que es dada a conocer en forma muy general y no da precisiones de cómo se desarrollará, hace recordar a la implementación de lo que se conocía como la “PERRERA”.
Con mucha preocupación protectores, propietarios de mascotas y animales de compañía, hacen público su preocupación sobre lo dispuesto por la Comuna de Alejandra, respecto a la permanencia de todo tipo de animales ya sea suelto o atado, los mismos serán secuestrado y trasladado al Depósito Comunal.
Luego agrega que para ser retirado se deberá demostrar su propiedad y pagar una multa, equivalente a 50 litros de nafta, más lo gasto de manutención y traslado. Estas condiciones presuponen que varios de los propietarios NO harán el retiro de la mascota, y No explica que pasaría con los animales si No se los retira, ¿lo tendrán con ellos de por vida?.Lo más grave es cómo resuelven el problema, y es allí donde la Comuna pareciera ser que aplicaría la EUTANACIA ANIMAL, ya que expresa que la “La Comuna No se hará responsable del estado del animal, ni de cualquier incidente que pudiera ocurrir con el mismo” (¡huy se murió!).
CRUELDAD ANIMAL
La norma vigente en la Argentina en materia de maltrato animal es la Ley 14.346 promulgada el 27 de octubre de 1954. Esta legislación establece penas de prisión de 15 días a 1 año para toda persona que “inflingiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales”, donde se incluye a las denominadas “PERRERAS”, donde se sacrificaban animales periódicamente, cuando pasaba un plazo de días y el animal no encuentra dueño, la perrera estaba autorizada a matar al animal.